Todo niño tiene derecho a conocer y llevar el apellido de su padre, y a recibir su apoyo. Si el padre se niega a reconocer voluntariamente a tu hijo, la ley peruana te da una vía clara para lograrlo: la filiación judicial.

¿Qué es la filiación?

La filiación es el vínculo legal entre padres e hijos. Cuando un padre reconoce voluntariamente al hijo (en el acta de nacimiento o luego ante notario o RENIEC), no hay problema. El conflicto surge cuando el padre se niega a reconocer.

La demanda de filiación judicial

La Ley 28457 estableció un proceso rápido y favorable a la madre y al niño para la declaración judicial de paternidad extramatrimonial. Funciona así:

  1. La madre presenta la demanda ante el Juzgado de Paz Letrado.
  2. El juez emite un mandato declarando la paternidad.
  3. El demandado tiene 10 días para oponerse, pero solo puede hacerlo si se somete a la prueba de ADN.
  4. Si no se opone o no se hace la prueba, la paternidad queda declarada.

La prueba de ADN

El examen de ADN tiene una certeza superior al 99.99%. Un dato importante: si el demandado se niega a hacerse la prueba, esa negativa se toma como aceptación de la paternidad. Por eso este proceso es tan efectivo.

¿Y los alimentos?

Una vez declarada la paternidad, el hijo adquiere todos sus derechos: el apellido paterno, derechos hereditarios y, sobre todo, el derecho a pensión de alimentos. Muchas veces la demanda de filiación se acompaña con la de alimentos.

Conclusión

Ningún niño debe quedarse sin el reconocimiento y el apoyo de su padre. En Napchao Abogados & Asociados acompañamos a madres de Piura en procesos de filiación y alimentos, con sensibilidad y resultados. Escríbenos para una consulta gratuita.